Recibes una citación judicial en tu domicilio como investigado, ¿qué significa eso? ¿qué derechos tienes? ¿puedes acudir con tu abogado? y, ¿si no acudes que puede suceder? Estas y alguna otra cuestión más te las respondemos en este post.
¿Qué significa ser investigado?
La figura del investigado sustituye tras la reforma penal del 2015 a la del imputado, ya que ésta última tenía una connotación. en la opinión pública. de culpabilidad. prejuzgando, de alguna forma, la falta de presunción de inocencia. Es un término más neutral y más ajustado a las garantías constitucionales y al ejercicio del derecho de defensa. La LO 13/2015 introduce el cambio terminológico y supone que el investigado es la persona a la que se le atribuye la comisión de un posible hecho delictivo, bien porque el juez haya admitido a trámite una denuncia o querella, o por la remisión al Juzgado de una instrucción policial.
Es decir, cuando se inicia la fase de diligencias previas se iniciará la investigación judicial para comprobar si hay motivos suficientes para sostener la acusación.
Hay otras figuras con las que se puede confundir al investigado. No es lo mismo que el detenido, que es la persona que se encuentra privada de libertad por ser considerada sospechosa de haber cometido un delito. El procesado es la persona que está siendo investigada como presunta autora del delito en la fase de instrucción y el juez le ha comunicado su procesamiento. Y, por último, el encausado, que es la persona (que ha podido ser el investigado) a la que se le imputa judicialmente haber cometido un hecho delictivo.
La citación judicial
La forma que tiene el juzgado de comunicar al investigado para que se persone o acuda al tribunal el día y la hora indicada para prestar declaración ante el juez instructor en la citación judicial. La citación se envía al domicilio del investigado, si no esta en el mismo, lo podrá recoger cualquier persona mayor de 14 años que se encuentre en el domicilio o los vecinos más próximos, que quedaran encargados de entregarla al investigado bajo pena de multa. Si no tiene domicilio conocido, la notificación podrá realizarse en el juzgado o a través de edictos.
Los datos que tienen que constar en la citación judicial son los siguientes:
- El juez, tribunal o letrado de la Administración de Justicia que emite la citación y el tipo de resolución en el que se acuerda.
- Identificación del investigado con nombre, apellidos y domicilio.
- La fecha y el procedimiento correspondiente.
- Lugar, día y hora que el investigado debe presentarse en la sede judicial.
- El motivo de la citación y la calidad en la que se le cita (investigado, en este caso, por esta vía también se le comunica al testigo, perito…).
- La advertencia de la obligación del citado de acudir a la cita, además de las consecuencias judiciales en caso de no presentarse.
Qué tipos de delitos se están investigando
EL juzgado puede estar investigando tres tipos de delitos:
- Delitos leves: en estos casos el investigado puede ser reclamado para hacer una primera declaración ante el juez de guardia o para declarar ante el juez en un juicio rápido.
- Delitos que inician un procedimiento abreviado (delitos con penas de hasta 9 años de prisión)
- Delitos que inician un procedimiento ordinario (delitos con penas de más de 9 años de prisión)
En los dos últimos casos se declarará ante el juez de instrucción y, finalizada la instrucción, en el juicio que se celebre, en su caso.
Qué derechos tiene un investigado
En primer lugar, el investigado tiene derecho a ser informado de todos los hechos que se le atribuyan, de los cambios relevantes en la investigación y de los hechos que se te imputan. Toda esta información se debe facilitar en un lenguaje comprensible y accesible y debe ser suficiente para ejercer el derecho de defensa.
El derecho de defensa supone disponer del tiempo necesario para estudiar las actuaciones, a designar abogado y a solicitar la asistencia jurídica gratuita, en su caso.
Una vez personado ante el juez el investigado tiene derecho a no confesarse culpable, a no declarar contra sí mismo, a guardar silencio y a aportar todos los medios de prueba que tenga a su disposición que puedan servir para probar su inocencia. También tiene derecho a la interpretación y traducción gratuita.
La importancia de contar con un abogado
En la citación a declarar como investigado por delitos leves no es obligatorio el ir acompañado por un abogado y procurador, aunque lo es totalmente recomendable, ya que el abogado podrá asesorar y aconsejar en todo momento para hacer un ejercicio óptimo del derecho de defensa. Una excepción, en los supuestos de delitos leves con una pena de multa con un límite máximo de al menos seis meses, se han de aplicar las normas generales de defensa y representación y, por lo tanto, se tiene que ir acompañado de abogado.
En los casos en los que se trata de un proceso ordinario o abreviado es obligatorio acudir a la sede judicial asistido por abogado y procurador.
Y si no se acude a la citación judicial
La Ley de Enjuiciamiento Criminal es clara, no acudir al llamamiento de la citación judicial supone una multa de 200 a 2.000€ en el caso de delitos leves y de 200 a 5.000€ en el caso de que se trate de un procedimiento abreviado u ordinario.
En cualquier caso, no acudir a un segundo llamamiento, supondrá que el investigado pueda ser perseguido por un delito de obstrucción a la justicia según el art. 463.1 del Código Penal.
Además, si no se acude al llamamiento sin justa causa, podría dictarse una orden de detención tal y como indica el art. 487 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Si recibes una citación judicial, no dudes en dirigirte a nosotros, en Arrimadas Abogados podemos darte el mejor asesoramiento y acompañarte durante todo el procedimiento garantizando tu derecho de defensa.